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Proyecto piloto de comunicaciones entre Notarios-Catastro relativo a las alteraciones físicas

9 mayo 2022

La Gerencia Regional de Catastro nos remite la información relativa a un proyecto piloto que se está realizando en la Región para comunicación de alteraciones físicas.

Descripción del proyecto:

Enmarcado en las líneas de actuación relativas al desarrollo de la Ley 13/2015 en cuanto a la Coordinación Catastro-Registro, se ha iniciado un Proyecto Piloto en la Gerencia Regional del Catastro de Murcia relativo a comunicación de alteraciones físicas entre Notarios y Catastro.

Consecuencia de los problemas existentes en los protocolos de comunicación entre Catastro – Notarios, definidos en la disposición conjunta de 01/11/2015, se plantea esta experiencia piloto con los siguientes objetivos:

-    Cumplir el plazo de 5 días definido en la mencionada disposición para la incorporación a Catastro y devolución al Notario las modificaciones de carácter físico (así se pueden protocolizar las nuevas Certificaciones Catastrales en la escritura).

-    Institucionalizar el uso del Informe de Validación Gráfica (IVGA) como herramienta única de actualización de la cartografía catastral. El IVGA es válido para todas las actuaciones que pretendan una modificación de la base gráfica catastral ya sean comunicaciones, declaraciones o subsanaciones de discrepancias (asociadas todas ellas a alteraciones físicas) e independientemente de su origen (fedatario público, técnico, ciudadano o administración competente).

-    Incorporar la cartografía catastral ya actualizada como base gráfica en las inscripciones en el Registro, sobre todo en aquellas actuaciones donde la inscripción gráfica en el Registro es obligatoria (Art. 9 b de la LH). La situación actual está generalizando una doble cartografía de inmuebles y fincas mientras no se realiza la COORDINACIÓN. Esto es pernicioso tanto técnicamente como jurídicamente.

-    Permitir a los interesados ahorrarse la no presentación de ciertos trámites en Catastro, del tipo expedientes de declaraciones (903), o como la presentación y justificación en Registro de las modificaciones cartográficas, etc.

Para ello se ha implantado en esta fase piloto, o están en fase de desarrollo más genérico, las siguientes actuaciones:

-    Respecto a las comunicaciones de las modificaciones físicas de los Notarios, se abandonan los protocolos de comunicación desarrollados hasta ahora (con las aplicaciones propias) y se les obliga a comunicar por la SEDE de Catastro como usuarios registrados. 

-    Se asume el compromiso por la Gerencia del Catastro, por el cual las comunicaciones que llegan por esta vía se resuelven siempre que reúnan los requisitos específicos, en tiempo inferior a 5 días. Esto posibilita la incorporación de la nueva certificación catastral al título, y a su vez posibilita poder disponer del Valor de Referencia en las nuevas parcelas.

-    El IVGA es el documento clave en este procedimiento y en general a todas las actuaciones de modificación de la cartografía catastral. Se adjunta manual de uso pensado principalmente para los técnicos. No obstante, se ha de divulgar y dar a conocer a todos los actuantes sobre el procedimiento (este manual se encuentra en https://www.catastro.minhafp.es/asistente_catreg/asistente_catreg.html / Fedatarios). Se adjunta también un manual descriptivo de la información contenida en el IVGA, la cual es descargable en la SEDE mediante su código CSV. Es muy importante el conocimiento de estas funcionalidades, muy en particular lo concerniente a la preparación de documentación gráfica para notificaciones a colindantes. 

-    Está en fase de desarrollo, para implementar próximamente en la SEDE, una herramienta por el cual el técnico dispondrá de un informe de identidad (se adjunta borrador) previo a la generación del IVGA definitivo. Este informe dará criterios objetivos para decidir el titular entre identidad de líneas y su entorno dentro de los márgenes de tolerancia definidos en las disposiciones conjuntas de 10/10/2020 y 15/03/21.
 
Los actuantes en este procedimiento junto a Catastro son:
-    Los Técnicos como pilar básico en la generación de IVGA de calidad. Importancia transcendental el criterio de identificación de los nuevos recintos, criterios definidos en el manual que se adjunta.
-    Los Ayuntamientos en sus competencias sobre licencias de segregación, agrupación y reparcelaciones. Han de utilizar el IVGA, ya que estas actuaciones son el primer eslabón en las inscripciones registrales definidas en la Ley 13/2015.
-    Los Notarios han de incorporar aquellos IVGA que cumplan las normas que se describen en el manual que se adjunta, y han de tener respuesta rápida del Catastro, sin olvidar la calidad del dato.
-    Los Registradores deben de disponer mayoritariamente de cartografía catastral actualizada para las inscripciones, por ello es altamente aconsejable que sea Catastro proactivo y no se tengan que incorporar las inscripciones gráficas registrales a posteriori.

La Gerencia del Catastro está realizando jornadas de divulgación de sobre este nuevo procedimiento. Desde el Colegio hemos solicitado una de estas jornadas que se comunicará en breve.

Descargar Manual de referencia de IVGA

Descarga IVGA

Descargar Certificado catastral de identidad de parcela


Documentación adjunta